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Pedir el certificado de residencia fiscal en la provincia de Gipuzkoa

País Vasco

Adónde ir

Hacienda de Gipuzkoa (Diputación Foral de Gipuzkoa)

En Gipuzkoa lo pide la Diputación Foral: es el certificado «Domicilios: residencia fiscal a efectos de un determinado convenio», en el que eliges el convenio de entre todos los que tiene firmados España. Por internet con firma electrónica reconocida (lo descargas al momento) o sin identificación (te llega por correo al domicilio fiscal; solo personas físicas). También por teléfono (943 11 30 00, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00; llega por correo) o en las oficinas de atención de Hacienda.

Cita previa recomendable. Teléfono: 943 113 000. Oficinas de 8:30 a 14:00; se recomienda pedir cita.

Pedir cita en la web oficial

Con identificación: https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/WATTramiteakWEB/inicio.do?idioma=C&app=CRTC. Sin identificación: https://w390w.gipuzkoa.net/WAS/HACI/HCRZiurtagiriAtariaWEB/inicio?locale=es_ES. Para comprobar un certificado: https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/csv

¿En qué municipio vives?

La oficina más cercana y, en los trámites del ayuntamiento, la sede y la cita dependen del municipio.

¿Se puede hacer por internet?

Sí, por internet

En la sede de la Agencia Tributaria («Certificados» › «Censales» › «Residencia fiscal»): eliges el modelo general o el de la Directiva 2011/96/UE y el país del convenio (o «Sin convenio»), firmas y descargas el PDF, normalmente al momento. Si no se puede expedir en el acto, lo recoges después en «Consulta de certificados expedidos» o en «Mis expedientes». Las haciendas forales tienen su propio servicio (mira tu territorio).

Necesitas: Agencia Tributaria: certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve. Navarra: certificado, DNI electrónico, Cl@ve o DNI y PIN de Hacienda (este, solo personas físicas). Gipuzkoa: firma electrónica reconocida. Álava y Bizkaia: su propia identificación (BAK, BAKQ o certificado).

Ir a la sede oficial

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en la Agencia Tributaria: ni la ficha del trámite ni la orden que regula el certificado prevén tasa. En Navarra, gratis si lo descargas por internet; en papel, tasa de 2 € (Ley Foral 2/2021 de Tasas). Las haciendas del País Vasco no publican tasa.
Cuánto tarda
Por internet, con identificación electrónica, normalmente al momento. Si no se puede dar en el acto o lo pides en una oficina, la Agencia Tributaria tiene hasta 10 días hábiles.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Para qué sirve?

Para acreditar tu residencia fiscal en España ante la administración tributaria de otro país o ante pagadores del extranjero (por ejemplo, para que te apliquen el tipo reducido de retención que fija el convenio de doble imposición), y para acreditar que tributas por IRPF o Sociedades si vas a vender un inmueble en España.

¿Cuánto tiempo vale?

La Agencia Tributaria no fija una validez propia para este certificado. Como regla general, sus certificados valen 12 meses desde que se expiden (si se refieren a obligaciones periódicas) o tres meses (si no), mientras no cambien las circunstancias. El país o la entidad que te lo pide puede exigirte uno de una fecha concreta.

¿Lo puedo pedir si vivo fuera de España?

Solo si sigues siendo residente fiscal en España (contribuyente del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades). Si eres residente en otro país, el certificado de residencia te lo da la administración tributaria de ese país, no la española.

¿Puede pedirlo otra persona por mí?

Sí. Por internet, en la Agencia Tributaria, puede hacerlo un apoderado o un colaborador social (una gestoría), marcando que actúa en nombre de un tercero. Para muchos certificados a la vez hay una «Solicitud por lotes».

¿Cómo comprueba el otro país que es auténtico?

Con el código seguro de verificación (CSV): cualquiera puede cotejarlo en la sede de la Agencia Tributaria («Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación»). La Agencia Tributaria ha comunicado este sistema a los demás países.

Vivo en el País Vasco o Navarra: ¿a qué Hacienda se lo pido?

Si tu domicilio fiscal está en Álava, Bizkaia, Gipuzkoa o Navarra y tributas allí por la Renta o Sociedades, a tu Hacienda foral. En Canarias, Ceuta y Melilla, a la Agencia Tributaria, como en el resto de España.

Fuentes oficiales

Comprobado el 7 de noviembre de 2026

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