Pedir la tarjeta sanitaria
La tarjeta sanitaria individual te identifica en los centros de salud, hospitales y farmacias de la sanidad pública. La da el servicio de salud de la comunidad donde vives (el INGESA en Ceuta y Melilla), casi siempre en tu centro de salud, cuando el INSS te ha reconocido el derecho a la asistencia. Se pide la primera vez, al mudarte a otra comunidad y si la pierdes o se estropea.

¿Dónde lo haces tú?
Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
Depende de la comunidad. La primera tarjeta se puede pedir por internet en Cataluña, Galicia, Navarra, Baleares, la Comunitat Valenciana y Murcia (y en Cantabria por su registro electrónico); en Madrid la vía electrónica está suspendida. El duplicado se pide por internet en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Baleares, Galicia, Navarra y la Comunitat Valenciana. El reconocimiento del derecho se pide al INSS en su sede electrónica.
Necesitas: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico, según la comunidad. La consulta del derecho en el INSS se puede hacer sin certificado.
Ir a la sede oficialQuién lo lleva
En general: Servicio de salud de tu comunidad autónoma (INGESA en Ceuta y Melilla), con el derecho a la asistencia reconocido por el INSS. La tarjeta la da el servicio de salud de la comunidad donde vives, casi siempre en tu centro de salud. Antes, el INSS tiene que haberte reconocido el derecho a la asistencia sanitaria: si trabajas, cobras una pensión o una prestación, lo hace de oficio; si no, se pide en su sede electrónica o con cita en un CAISS.
Con estas excepciones:
- Andalucía: Servicio Andaluz de Salud (SAS). La primera vez se pide en persona en tu centro de salud, con el modelo de solicitud, el DNI, el documento del INSS y el certificado de empadronamiento (original y fotocopia). Por pérdida, robo, deterioro o si no te llegó, también por internet en la Oficina Virtual de ClicSalud+ (con tus datos, certificado, DNIe o Cl@ve): llega por correo en unos 15 días.
- Aragón: Servicio Aragonés de Salud (Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón). Se pide en el Servicio de Admisión o de Información y Atención al Usuario de tu centro de salud, sin formulario: llevas DNI, NIE o pasaporte, el volante de empadronamiento en Aragón y el documento del INSS (en menores, el libro de familia). Te dan un resguardo válido 3 meses y la tarjeta llega a casa. El duplicado por extravío, rotura o deterioro también se pide en SaludInforma con tu PIN.
- Asturias: Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA). La Tarjeta Sanitaria Individual se pide en el centro de salud que te toca según el mapa sanitario, en cualquier momento del año. Llegará por correo a casa (o puedes pedir recogerla en el centro); mientras, el resguardo de la solicitud te sirve. Por pérdida, deterioro o si no te llegó, también por internet.
- Illes Balears: Servicio de Salud de las Illes Balears (IB-Salut). Por internet, con certificado digital, DNIe o Cl@ve, en el trámite digital de TSI («solicitud inicial», «renovación» o «duplicado»): la notificación llega a la Carpeta Ciudadana y te dice en qué centro de salud recogerla. En persona, en tu centro de salud de referencia, con cita previa en INFOSALUT CONNECTA. Hace falta una foto reciente en color de 26 x 32 mm.
- Canarias: Servicio Canario de la Salud (SCS). La Tarjeta Sanitaria Canaria se pide en el centro de salud más cercano a tu domicilio, cuando el INSS ya te ha reconocido el derecho a la asistencia. Lleva el DNI o la tarjeta de residencia y el documento con tu número de la Seguridad Social (con los beneficiarios, si los hay).
- Cantabria: Servicio Cántabro de Salud (SCS). Todos los trámites de la tarjeta se hacen en el centro de salud asignado a tu domicilio: su Unidad Administrativa te dice qué documentos llevar. Validada la solicitud, la tarjeta llega por correo. También se puede presentar por el Registro Electrónico General del Gobierno de Cantabria.
- Castilla y León: Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (Sacyl). Ve al centro de salud que te corresponde por domicilio con el DNI o NIE (de los beneficiarios, o el libro de familia), el documento del INSS y, si vienes de otra comunidad, su tarjeta. La copia sellada de la solicitud te sirve hasta que llegue la tarjeta. Por rotura o extravío, también por internet en el formulario de Sacyl.
- Castilla-La Mancha: Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). Se pide en la Unidad Administrativa de tu centro de salud o consultorio local. Lleva el DNI, el documento con tu número de la Seguridad Social (con los beneficiarios), el DNI de los beneficiarios o el libro de familia y, si vienes de otra comunidad, su tarjeta. En un alta inicial es imprescindible el certificado de empadronamiento en Castilla-La Mancha.
- Cataluña: Servei Català de la Salut (CatSalut). Pide la TSI por internet en el formulario de CatSalut o en persona en tu CAP (el de tu domicilio o el que hayas elegido), con DNI, pasaporte o NIE (libro de familia en menores). Hay que estar empadronado en Cataluña. Te llega por correo electrónico un resguardo con tu CIP que ya sirve, y la tarjeta, por correo a casa. La reedición (pérdida, deterioro) se pide en el CAP.
- Comunitat Valenciana: Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana (tarjeta SIP). Con certificado digital o Cl@ve, date de alta en el SIP por internet y recoge la tarjeta en el centro de salud. Sin ellos, ve al centro de salud más cercano con el DNI o NIE; se recomienda llevar el certificado de empadronamiento (de menos de seis meses) y el documento del INSS. Por pérdida hay una tasa de 3,15 €; por deterioro, el centro de salud te imprime una nueva.
- Extremadura: Servicio Extremeño de Salud (SES) y Consejería de Salud y Servicios Sociales. Se pide en el área administrativa de tu centro de salud o consultorio local, con un documento de identidad (DNI, NIE, pasaporte, carnet de conducir; en menores, libro de familia) y el de afiliación a la Seguridad Social o, en su defecto, el certificado de empadronamiento en Extremadura. Te dan un documento provisional válido 3 meses hasta que llega la tarjeta.
- Galicia: Servizo Galego de Saúde (Sergas). Se pide en el centro de salud más cercano a tu domicilio o por internet en la web del Sergas con certificado digital o DNIe (primera vez, y también por pérdida, robo, rotura o deterioro). Hay que estar empadronado en Galicia: lleva documento de identidad, certificado o volante de empadronamiento y el documento del INSS (en menores sin documento, libro de familia).
- Comunidad de Madrid: Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). Se pide en tu centro de salud, sin formulario: la Unidad Administrativa te dice qué llevar. Requisitos: empadronamiento en la Comunidad de Madrid, derecho reconocido por el INSS y, si eres extranjero, permiso de residencia en vigor o en renovación. La tarjeta llega a tu centro de salud en unas 3 o 4 semanas. Por extravío, robo o deterioro, lleva el volante de empadronamiento de menos de 90 días.
- Región de Murcia: Servicio Murciano de Salud (SMS). Se pide en la unidad administrativa del centro de salud que te toca por tu domicilio habitual, y ahí mismo si no te llegó, te la robaron, la perdiste o está deteriorada. Requisitos: empadronamiento en la Región de Murcia y derecho reconocido por el INSS. También se puede pedir por la sede electrónica de la CARM (procedimiento 9363), adjuntando en PDF el modelo de solicitud.
- Navarra: Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (Sección de la Tarjeta Individual Sanitaria). La TIS se pide por internet en el catálogo de trámites del Gobierno de Navarra o en la Carpeta Personal de Salud, o en persona en los centros de salud, en la oficina de la TIS (Plaza de la Paz s/n, 4ª planta, Pamplona) o en una oficina de registro, con el DNI. La primera vez, con certificado de empadronamiento de hace 15 días como máximo; el duplicado, sin más documentos. Llega a casa por correo.
- País Vasco: Departamento de Salud del Gobierno Vasco y Osakidetza. La TIS se pide en el centro de salud de Osakidetza más próximo a tu domicilio, rellenando allí el formulario, con fotocopia del DNI, certificado de empadronamiento en un municipio vasco (en menores, siempre) y el documento del INSS; en menores, el libro de familia. Por pérdida, lo mismo y siempre con el empadronamiento; por robo, con copia de la denuncia.
- La Rioja: Servicio Riojano de Salud (Rioja Salud). La Tarjeta Sanitaria Individual es gratuita y se pide en tu centro de salud. Si vienes de otra comunidad, ve al centro de salud más cercano a tu nuevo domicilio: te dirán qué documentos llevar y te asignarán médico y enfermera.
- Ceuta: INGESA, Área Sanitaria de Ceuta. En Ceuta la tarjeta la emite el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y se tramita en el centro de salud que te corresponde. Para pedir cita para tramitarla, usa el formulario web del Área Sanitaria de Ceuta («cita previa tramitación tarjeta sanitaria»).
- Melilla: INGESA, Área Sanitaria de Melilla. En Melilla la tarjeta la emite el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y se tramita en tu centro de salud. Las gestiones de tarjeta sanitaria también se pueden pedir al centro con el formulario web del Área Sanitaria de Melilla.
Qué llevar
- Documento de identidad: DNI o NIE; ciudadanos de la UE, pasaporte o documento de su país y certificado del Registro Central de Extranjeros; resto de extranjeros, TIE.
- Certificado o volante de empadronamiento en un municipio de la comunidad (cada una dice cuándo es obligatorio y su antigüedad máxima).
- Documento del INSS que acredita el derecho a la asistencia sanitaria, como asegurado o como beneficiario (se descarga en la sede de la Seguridad Social).
- Número de la Seguridad Social.
- Menores: libro de familia o certificado de nacimiento si no tienen DNI.
- Si vienes de otra comunidad, la tarjeta de esa comunidad (la piden, por ejemplo, Castilla y León y Castilla-La Mancha).
- En Baleares, además, una foto en color de 26 x 32 mm.
- Cuánto cuesta
- Gratuita. Excepción: en la Comunitat Valenciana el duplicado por pérdida cuesta 3,15 € (tasa 046-9679, Ley 20/2017 de tasas de la Generalitat).
- Cuánto tarda
- Al pedirla te dan un resguardo o documento provisional que ya sirve para que te atiendan (en Aragón y Extremadura, 3 meses). La tarjeta llega por correo o al centro de salud en unas semanas: en Madrid, 3 o 4; en Andalucía, el duplicado en unos 15 días; en Galicia, si no llega en dos meses, reclama.
Conviene saber
- Si trabajas, cobras una pensión o una prestación (también el paro), el INSS te reconoce el derecho de oficio: no tienes que pedirlo.
- Si no estás en esas situaciones (por ejemplo, vuelves a España a vivir), pide al INSS el reconocimiento del derecho como residente antes de ir al centro de salud.
- Antes de ir, comprueba en la Seguridad Social si tienes el derecho reconocido y descarga el documento: https://w6.seg-social.es/das/Inicio
- A los recién nacidos hay que darlos de alta como beneficiarios en el INSS; luego se pide su tarjeta.
- Al mudarte a otra comunidad, empadrónate primero: la tarjeta la da la comunidad donde estás empadronado.
- La tarjeta sanitaria vale en toda España, pero no en el extranjero: para viajar por Europa pide la Tarjeta Sanitaria Europea al INSS.
- En muchas comunidades la tarjeta ya no caduca (Asturias, Galicia, Navarra, País Vasco, Castilla y León); en Baleares vale 4 años.
Preguntas frecuentes
¿Quién la da: el INSS o la comunidad?
Las dos cosas son distintas: el INSS (o el ISM, para el régimen del mar) reconoce el derecho a la asistencia sanitaria, y el servicio de salud de tu comunidad (el INGESA en Ceuta y Melilla) emite la tarjeta.
¿Cómo pido el derecho a la asistencia al INSS?
En la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado o Cl@ve, sin certificado en su plataforma de trámites, por correo o en un CAISS con cita previa. Es la solicitud de asistencia sanitaria (modelo 6-071).
Me he mudado a otra comunidad: ¿qué hago?
Empadrónate en tu nuevo municipio y pide la tarjeta en el centro de salud de tu nuevo domicilio. Algunas comunidades te piden que entregues la tarjeta de la anterior.
La he perdido: ¿cómo pido otra?
En tu centro de salud y, en varias comunidades, también por internet. Solo en la Comunitat Valenciana se paga tasa por pérdida.
Soy extranjero sin residencia legal: ¿tengo derecho?
Sí, con requisitos (entre ellos, acreditar que vives en España). Desde 2026 lo regula el Real Decreto 180/2026; se pide en el centro de salud y te dan un documento propio, no siempre la tarjeta.
¿Hay tarjeta en el móvil?
Sí, en muchas comunidades hay tarjeta sanitaria virtual en la app de su servicio de salud, con la misma validez que la física dentro de esa comunidad.
Fuentes oficiales
Comprobado el 4 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Tarjeta Sanitaria Individual (Ministerio de Sanidad) sanidad.gob.es
- La Seguridad Social y el derecho a la asistencia sanitaria (revista de la Seguridad Social) revista.seg-social.es
- Asistencia sanitaria: comprobación del derecho (sede de la Seguridad Social) w6.seg-social.es
- Solicitud de asistencia sanitaria, modelo 6-071 (INSS) seg-social.es
- Real Decreto 183/2004, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual (BOE) boe.es
- Real Decreto 180/2026, atención sanitaria de extranjeros sin residencia legal (BOE) boe.es







