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Cambiar de titular un vehículo (transferencia)

Cuando compras un coche o una moto de segunda mano a un particular, tienes 30 días para ponerlo a tu nombre en la DGT. Antes hay que pagar (o declarar exento) el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Hacienda de tu comunidad o, en el País Vasco y Navarra, en la Hacienda foral. El vendedor, por su parte, debe notificar la venta a la DGT cuanto antes.

¿Dónde lo haces tú?

Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:

¿Se puede hacer por internet?

Sí, por internet

El asistente de transferencias de la DGT te guía según quién compra y quién vende, y te lleva al registro electrónico, donde adjuntas el contrato y el justificante del impuesto y pagas la tasa. La DGT no garantiza plazo para estas solicitudes. El impuesto se paga por internet en casi todas las comunidades (ver la tuya).

Necesitas: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.

Ir a la sede oficial

Quién lo lleva

En general: Dirección General de Tráfico (DGT) y Hacienda de tu comunidad (impuesto). 1) El comprador paga o declara exento el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Hacienda de su comunidad. 2) Pide el cambio de titular a la DGT en 30 días: por internet con el asistente de transferencias o en una Jefatura de Tráfico con cita. 3) El vendedor notifica la venta a la DGT cuanto antes.

Con estas excepciones:

Qué llevar

Cuánto cuesta
Tasa 1.5 de la DGT: 55,70 € según la ficha del trámite en la sede (la tabla PDF de tasas de la misma sede aún dice 55,15 €). Ciclomotores: tasa 1.2, 27,85 € (el PDF dice 27,57 €). Notificación de venta (vendedor): tasa 4.1, 8,67 €. Además, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de tu comunidad o territorio foral, que se calcula sobre el precio pactado o, si es mayor, el valor de las tablas oficiales de precios medios de vehículos de 2026.
Cuánto tarda
El comprador tiene 30 días desde la firma del contrato para pedir el cambio. En la Jefatura te dan el nuevo permiso de circulación en el momento (solo vale con la ITV en vigor). El impuesto tiene su propio plazo, de 30 días hábiles a dos meses según la comunidad.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el Impuesto de Transmisiones?

El comprador, en la comunidad donde tiene su residencia habitual. Si vende una empresa o un profesional, normalmente lleva IVA y no se paga este impuesto: basta la factura.

Me lo han regalado o lo he heredado: ¿es lo mismo?

El plazo es de 30 días desde la donación (90 en una herencia), pero el impuesto es el de Sucesiones y Donaciones, no el de Transmisiones. La tasa de la DGT es la misma.

¿Se puede transferir un coche embargado o con reserva de dominio?

Con embargo o precinto, sí, si el comprador firma que lo sabe (con precinto no se puede circular hasta levantarlo). Con reserva de dominio, no, hasta que la financiera la cancele en el Registro de Bienes Muebles o el comprador asuma la deuda.

¿Cuánto tarda?

En la Jefatura, con cita, te dan el permiso de circulación nuevo al momento. Por internet, la DGT no garantiza plazo y te avisa por correo electrónico cuando lo tramita.

¿Y un ciclomotor?

Mismo plazo de 30 días, con la tasa 1.2 (27,85 €).

¿Lo puede hacer una gestoría?

Sí. La DGT recuerda que compruebes que es fiable, leas lo que firmas y pidas copia de todo.

Provincia a provincia

Fuentes oficiales

Comprobado el 4 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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