Pedir el complemento de ayuda para la infancia (CAPI) en Huesca
Huesca · Aragón

Adónde ir
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
Pídelo con la solicitud del ingreso mínimo vital: por internet en imv.seg-social.es (sin certificado) o en la sede electrónica de la Seguridad Social (con Cl@ve o certificado). Si te reconocen el IMV, el complemento va incluido. También en un centro del INSS (CAISS) con cita previa.
Con cita previa. Teléfono: 91 541 25 30. La cita solo hace falta para ir en persona a un CAISS. Cita automática del INSS las 24 horas: 91 541 25 30 o 901 106 570 (el 901 suele no estar en las tarifas planas). Información del IMV y del complemento: 020 (gratuito, no da citas).
Pedir cita en la web oficialBuscador de oficinas de la Seguridad Social: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/OficinaSeguridadSocial. La sede avisa de que el complemento no se pide con el servicio de prestaciones familiares por hijo a cargo, sino con el del IMV.
Las fuentes oficiales no coinciden: La web de la Seguridad Social dice que la cuantía se actualiza cada 1 de enero; la Ley 19/2021, en su redacción vigente desde el 10 de abril de 2026, prevé dos actualizaciones al año (una provisional y otra definitiva con efectos del 1 de enero). Publicamos lo que dice la ficha oficial más concreta; confírmalo antes de ir.
¿Se puede hacer por internet?
Sí, por internet
Se pide con la misma solicitud que el ingreso mínimo vital: en el servicio del INSS sin certificado (imv.seg-social.es) o en la sede electrónica de la Seguridad Social con Cl@ve o certificado. Si te reconocen el IMV, el complemento va incluido sin pedirlo aparte. En el País Vasco, Navarra y Cataluña se pide en la web de su administración (ver tu territorio).
Necesitas: Sin identificación electrónica en imv.seg-social.es; con Cl@ve o certificado en la sede de la Seguridad Social.
Ir a la sede oficialQué llevar
- La solicitud del ingreso mínimo vital, firmada por quien la pide y por todos los mayores de edad (o menores emancipados) de la unidad de convivencia. Es la misma para el IMV y para el complemento.
- Documento de identidad de quien lo pide y de los miembros de la unidad de convivencia.
- Una cuenta bancaria en una entidad colaboradora de la Seguridad Social.
- La documentación que pide el final del formulario según tu caso (por ejemplo, la sentencia o el convenio de custodia, o la resolución de acogimiento o guarda).
- Si actúas como representante: el modelo normalizado de representación.
- Cuánto cuesta
- Gratuito. Cuantía de 2026, por cada menor de la unidad de convivencia y según la edad que tenga el 1 de enero: 115 €/mes si tiene menos de 3 años, 80,50 €/mes de 3 a 6 años y 57,50 €/mes de 6 a 18 años (Seguridad Social).
- Cuánto tarda
- Se puede pedir en cualquier momento. Se cobra desde el primer día del mes siguiente a la solicitud. El INSS resuelve en un plazo máximo de 6 meses (Ley 19/2021, arts. 14 y 28).
Conviene saber
- Si cobras el ingreso mínimo vital y tienes menores en casa, el complemento se reconoce junto con la prestación: no hace falta pedirlo aparte.
- Aunque tus ingresos sean demasiado altos para el IMV, puedes tener el complemento si en el año anterior no pasaron del 300 % de la renta garantizada del IMV. En 2026, por ejemplo: 34.332,48 € al año para un adulto y un menor; 42.255,36 € para un adulto y dos menores o dos adultos y un menor; 50.178,24 € para dos adultos y dos menores. Las familias monoparentales y las que tienen a alguien con un 65 % de discapacidad o más tienen límites más altos.
- El patrimonio neto (sin contar la vivienda habitual) tiene que quedar por debajo del 150 % del límite del IMV, y se aplica el mismo límite de activos no societarios que al IMV.
- Tienes que cumplir el resto de requisitos del IMV: residencia legal y efectiva en España durante al menos el año anterior (no se exige a los menores que llegan por nacimiento, adopción, reagrupación o acogimiento) y una unidad de convivencia formada al menos desde 6 meses antes de la solicitud.
- La deducción por maternidad no se aplica en los meses en que alguno de los progenitores cobra el complemento por ese mismo hijo o hija (Ley del IRPF, art. 81). Compara antes con el trámite «Pedir la deducción por maternidad (100 € al mes)».
- Es compatible con la prestación por hijo o menor a cargo con discapacidad. Solo es incompatible con la antigua asignación por hijo a cargo sin discapacidad (o con menos del 33 %), que ya no admite solicitudes nuevas.
- La cuantía se revisa con los ingresos del año anterior que comunica Hacienda. Tienes que avisar en 30 días de cualquier cambio en el hogar (un nacimiento, una mudanza, alguien que se va).
Preguntas frecuentes
¿Tengo que cobrar el ingreso mínimo vital para tener el complemento?
No. Si cumples los requisitos del IMV salvo el de ingresos, puedes tener solo el complemento, siempre que los ingresos del año anterior sean inferiores al 300 % de la renta garantizada y el patrimonio, al 150 % del límite del IMV. Se pide con la misma solicitud del IMV.
¿Qué edad cuenta para la cuantía?
La que tenga cada menor el 1 de enero del año. En 2026: 115 € al mes por menor de 3 años, 80,50 € de 3 a 6 años y 57,50 € de 6 a 18 años.
¿Y si la custodia es compartida?
El menor cuenta en la unidad de convivencia del domicilio donde está empadronado (Ley 19/2021, art. 13.4).
¿Tengo que pedir cita?
No hace falta ir en persona: se pide por internet. Si prefieres que te atiendan en un centro del INSS (CAISS), necesitas cita previa.
¿Cuánto tardan en contestar?
El INSS tiene un plazo máximo de 6 meses. La Seguridad Social recomienda pedirlo por imv.seg-social.es porque se resuelve antes.
Fuentes oficiales
Comprobado el 7 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Seguridad Social: ingreso mínimo vital y complemento de ayuda para la infancia (requisitos y cuantías 2026) seg-social.es
- Sede de la Seguridad Social: solicitud del ingreso mínimo vital (y del complemento) sede.seg-social.gob.es
- Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital (texto consolidado, BOE) boe.es
- Lanbide: ingreso mínimo vital y complemento de ayuda para la infancia lanbide.euskadi.eus
- Gobierno de Navarra: ingreso mínimo vital y complemento de ayuda para la infancia navarra.es
- Generalitat de Catalunya: la Generalitat ya tramita las nuevas solicitudes del IMV y del CAPI (octubre de 2026) web.gencat.cat
¿Algo no es correcto? Avísanos de una dirección, un teléfono, un horario o un enlace que haya cambiado.
Otros trámites en Huesca
Discapacidad, dependencia y ayudasDel mismo tema
- Apuntarse a los viajes del IMSERSO
- Pedir el certificado de discapacidad
- Pedir la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad
- Pedir la teleasistencia para personas mayores
- Pedir la valoración de la dependencia y sus ayudas
- Pedir plaza en el programa de termalismo del IMSERSO
- Pedir plaza en una residencia pública de mayores
- Pedir una pensión no contributiva (jubilación o invalidez)
- Prestación por hijo o menor a cargo con discapacidad
DNI, pasaporte e identidad digital
Registro Civil, certificados y nacionalidad
- Apostillar o legalizar un documento para usarlo en el extranjero
- Cambiar el nombre o los apellidos
- Casarse por lo civil (expediente matrimonial)
- Inscribir un nacimiento en el Registro Civil
- Pedir el certificado de antecedentes penales
- Pedir el certificado de delitos de naturaleza sexual
- Pedir el certificado de últimas voluntades (y el de seguros de vida)
- Pedir la asistencia jurídica gratuita (abogado de oficio)
- Pedir la nacionalidad española por residencia
- Pedir un certificado de defunción
- Pedir un certificado de matrimonio
- Pedir un certificado de nacimiento
- Pedir una fe de vida (y estado)
- Rectificar la mención del sexo en el Registro Civil
Padrón e impuestos municipales
- Cambiar de domicilio: a quién avisar
- Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio)
- Licencia de obra menor (o declaración responsable)
- Pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)
- Pagar el impuesto de circulación (IVTM)
- Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU)
- Pedir el certificado o volante de empadronamiento (y de convivencia)
- Pedir un vado (licencia de paso de vehículos)
- Votar por correo y consultar el censo electoral
Trabajo y Seguridad Social
- Capitalizar el paro (pago único) para emprender
- Cobrar salarios o indemnizaciones del FOGASA si la empresa no paga
- Conseguir un certificado de profesionalidad (o acreditación profesional)
- Darse de alta como autónomo
- Darse de baja como autónomo
- Denunciar ante la Inspección de Trabajo
- Inscribirse como demandante de empleo (y renovar la demanda)
- Pedir el complemento de pensiones por hijos (brecha de género)
- Pedir el informe de vida laboral
- Pedir el ingreso mínimo vital
- Pedir el número de la Seguridad Social
- Pedir el paro
- Pedir el paro de autónomos (prestación por cese de actividad)
- Pedir el subsidio para mayores de 52 años
- Pedir la baja médica (incapacidad temporal)
- Pedir la incapacidad permanente
- Pedir la pensión de jubilación
- Pedir la pensión de orfandad
- Pedir la pensión de viudedad
- Prestación por cuidado de menor con cáncer u otra enfermedad grave (CUME)
- Prestación por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural
- Reclamar un despido o una deuda de la empresa: papeleta de conciliación (SMAC)
Hacienda
- Aplazar o fraccionar una deuda con Hacienda
- Cambiar el titular en el Catastro
- Darse de alta en Hacienda (declaración censal, modelo 036)
- Hacer la declaración de la renta
- Pagar el impuesto de sucesiones (herencia)
- Pedir el certificado de estar al corriente con Hacienda
- Pedir el certificado de residencia fiscal
- Pedir la deducción por maternidad (100 € al mes)
- Presentar el IVA y el IRPF trimestral si eres autónomo (modelos 303 y 130)
Tráfico
- Cambiar de titular un vehículo (transferencia)
- Canjear un carnet de conducir extranjero
- Consultar los puntos del carnet
- Dar de baja un vehículo
- Duplicado del carnet de conducir
- Matricular en España un vehículo comprado en el extranjero
- Pagar una multa de tráfico
- Pasar la ITV
- Pedir el permiso internacional de conducir
- Pedir la ayuda para comprar un coche eléctrico (Programa Auto+, antes MOVES III)
- Pedir un duplicado del permiso de circulación del vehículo
- Recurrir una multa de tráfico
- Renovar el carnet de conducir
- Sacarse el carnet de conducir (permiso B)
- Sacarse el carnet de moto (AM, A1, A2 y A)
Sanidad
Extranjería
- Certificado de registro de ciudadano de la UE (el «NIE verde»)
- Examen DELE A2 y prueba CCSE para la nacionalidad
- Homologar o declarar la equivalencia de un título extranjero
- Pedir asilo o protección internacional
- Pedir el NIE (número de identidad de extranjero)
- Pedir la autorización de estancia por estudios
- Pedir la reagrupación familiar (traer a tu familia a España)
- Pedir la residencia de larga duración
- Pedir la residencia por arraigo
- Renovar la autorización de residencia (y trabajo)
- Residencia para teletrabajo internacional (nómada digital)
- Sacar o renovar la TIE (tarjeta de identidad de extranjero)
- Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE
Familia
- Adoptar o acoger a un menor: ofrecerse como familia
- Ayudas por nacimiento o adopción de tu comunidad (cheque bebé)
- Inscribirse en la PAU (selectividad)
- Libro de familia: qué hacer ahora (perdido, duplicado o nuevo)
- Pedir el título de familia monoparental
- Pedir la ayuda o beca de comedor escolar
- Pedir la beca del Ministerio para estudiar
- Pedir la prestación por nacimiento y cuidado de menor
- Pedir o renovar el título de familia numerosa
- Pedir plaza en un colegio o instituto (escolarización)
- Pedir plaza en una escuela infantil pública (0 a 3 años)
- Pedir un duplicado del título de ESO, Bachillerato, FP o universitario
- Pensión de alimentos impagada: el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos
- Registrar una pareja de hecho
Vivienda
- Certificado de eficiencia energética de una vivienda
- Pedir ayudas para rehabilitar la vivienda o ahorrar energía
- Pedir el bono social de la luz
- Pedir la ayuda al alquiler (y el Bono Alquiler Joven)
- Pedir la cédula de habitabilidad
- Pedir la licencia de obra mayor
- Pedir la licencia de primera ocupación
- Pedir una nota simple del Registro de la Propiedad



