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Pedir el complemento de ayuda para la infancia (CAPI) en la provincia de Araba/Álava

País Vasco

Adónde ir

Lanbide – Servicio Vasco de Empleo

En el País Vasco, el complemento se pide y se gestiona en Lanbide, con la solicitud del ingreso mínimo vital: por internet con identificación electrónica, o en persona en sus oficinas con cita previa.

Con cita previa. Cita previa de Lanbide para la solicitud presencial.

Pedir cita en la web oficial

Lanbide reconoce el complemento a quien cobra el IMV con menores a cargo y a las familias con menores que cumplen los requisitos del IMV salvo el de ingresos (renta por debajo del 300 % y patrimonio por debajo del 150 % de los umbrales del IMV). Cómo pedirlo: https://www.lanbide.euskadi.eus/como-solicitar-el-ingreso-minimo-vital/weblan00-content/es/

Las fuentes oficiales no coinciden: La web de la Seguridad Social dice que la cuantía se actualiza cada 1 de enero; la Ley 19/2021, en su redacción vigente desde el 10 de abril de 2026, prevé dos actualizaciones al año (una provisional y otra definitiva con efectos del 1 de enero). Publicamos lo que dice la ficha oficial más concreta; confírmalo antes de ir.

¿En qué municipio vives?

La oficina más cercana y, en los trámites del ayuntamiento, la sede y la cita dependen del municipio.

¿Se puede hacer por internet?

Sí, por internet

Se pide con la misma solicitud que el ingreso mínimo vital: en el servicio del INSS sin certificado (imv.seg-social.es) o en la sede electrónica de la Seguridad Social con Cl@ve o certificado. Si te reconocen el IMV, el complemento va incluido sin pedirlo aparte. En el País Vasco, Navarra y Cataluña se pide en la web de su administración (ver tu territorio).

Necesitas: Sin identificación electrónica en imv.seg-social.es; con Cl@ve o certificado en la sede de la Seguridad Social.

Ir a la sede oficial

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito. Cuantía de 2026, por cada menor de la unidad de convivencia y según la edad que tenga el 1 de enero: 115 €/mes si tiene menos de 3 años, 80,50 €/mes de 3 a 6 años y 57,50 €/mes de 6 a 18 años (Seguridad Social).
Cuánto tarda
Se puede pedir en cualquier momento. Se cobra desde el primer día del mes siguiente a la solicitud. El INSS resuelve en un plazo máximo de 6 meses (Ley 19/2021, arts. 14 y 28).

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cobrar el ingreso mínimo vital para tener el complemento?

No. Si cumples los requisitos del IMV salvo el de ingresos, puedes tener solo el complemento, siempre que los ingresos del año anterior sean inferiores al 300 % de la renta garantizada y el patrimonio, al 150 % del límite del IMV. Se pide con la misma solicitud del IMV.

¿Qué edad cuenta para la cuantía?

La que tenga cada menor el 1 de enero del año. En 2026: 115 € al mes por menor de 3 años, 80,50 € de 3 a 6 años y 57,50 € de 6 a 18 años.

¿Y si la custodia es compartida?

El menor cuenta en la unidad de convivencia del domicilio donde está empadronado (Ley 19/2021, art. 13.4).

¿Tengo que pedir cita?

No hace falta ir en persona: se pide por internet. Si prefieres que te atiendan en un centro del INSS (CAISS), necesitas cita previa.

¿Cuánto tardan en contestar?

El INSS tiene un plazo máximo de 6 meses. La Seguridad Social recomienda pedirlo por imv.seg-social.es porque se resuelve antes.

Fuentes oficiales

Comprobado el 7 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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