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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Leganés

Madrid · Comunidad de Madrid

Adónde ir

Ayuntamiento de Leganés (Servicio de Atención al Ciudadano)

El alta y el cambio de domicilio se hacen solo en persona, en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC), con cita previa. Llevas la hoja padronal firmada y la documentación; es gratuito. Si después te piden más documentos, puedes aportarlos por la sede electrónica (trámite «Aportación documentación requerida para altas y cambios de domicilio»).

Con cita previa. Teléfono: 91 248 90 00 o 91 248 90 10 (010 desde Leganés). En la web de cita previa hay un servicio propio para el padrón: «SAC - Casa del Reloj Mañanas - Padrón».

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Qué llevar: la hoja padronal firmada (marca «SÍ» en la autorización si quieres que los justificantes incluyan a todos los que viven en la vivienda) y el documento de identidad en vigor: DNI o pasaporte desde los 14 años (libro de familia o certificado de nacimiento para los menores de 14); ciudadanos de la UE, NIE con pasaporte o documento nacional de identidad; otros extranjeros, tarjeta de identidad de extranjero, pasaporte o permiso de residencia. Para la vivienda: escritura, contrato de compraventa o nota del Registro (si ya te ha llegado algún recibo del IBI a tu nombre no hace falta, lo consultan ellos), o contrato de alquiler en vigor con el último justificante de pago. Si te autoriza el propietario o el inquilino, su firma (puede ir en la misma hoja padronal), copia de su documento de identidad y su título o contrato. Para menores con un solo progenitor, la declaración responsable del ayuntamiento (con o sin resolución judicial). El justificante de empadronamiento se puede pedir por la sede electrónica.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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