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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Badalona

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Badalona (Gestió Tributària), con la presentación en línea y el cobro en el Organisme de Gestió Tributària (ORGT) de la Diputació de Barcelona

Autoliquidación por internet en la web del ORGT (eligiendo el municipio de Badalona), que tiene un simulador, o en persona en la oficina de tributos, con cita previa recomendada. Si con el cálculo por el incremento real no hay ganancia, igualmente hay que comunicar la transmisión con las escrituras de compra y de venta. Para inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad hay que acreditar que se ha presentado la plusvalía (o, el comprador o el donante, la comunicación de adquisición o transmisión).

Cita previa recomendable. Teléfono: 93 483 28 13. En la web de cita, elige la oficina «Gestió tributària» y el trámite «Gestió dels tributs locals». La cita se recomienda, no es obligatoria.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo: 30 % (ordenanza fiscal 4, vigente desde el 19-jul-2023). Plazos: 30 días hábiles en compraventas y donaciones; 6 meses en herencias desde la muerte, prorrogables hasta un año si lo pides en los 6 primeros meses. Herencias del domicilio habitual del causante y de los herederos a favor del cónyuge, ascendientes o descendientes: bonificación del 95 % si el valor catastral del suelo es inferior a 30.000 €, del 50 % hasta 45.000 € y del 25 % hasta 60.000 €, a condición de conservar la propiedad 10 años.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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