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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Sabadell

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Sabadell (Gestió Tributària: Plusvàlua)

No es autoliquidación: presentas una declaración (modelo municipal) con la escritura de la transmisión y el ayuntamiento calcula la liquidación. Se presenta en persona en las oficinas de Sabadell Atenció Ciutadana (SAC), con cita previa. Si pides el método del incremento real, aporta también la escritura de adquisición (o la declaración del impuesto de sucesiones y donaciones); el ayuntamiento calcula los dos métodos y te liquida el más favorable. La liquidación llega en unos 15 días a un mes. La gestiona y cobra en voluntaria el propio ayuntamiento (el ORGT solo la cobra en vía ejecutiva).

Cita previa recomendable. Teléfono: 010 desde un fijo; 93 745 31 10 desde un móvil.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Plazos: 30 días hábiles desde la escritura en compraventas y donaciones; 6 meses desde la muerte en herencias, o hasta un año si pides la prórroga en los 6 primeros meses. Tipo: 30 % (ordenanza fiscal 2.5 de 2026). Herencias de la vivienda: bonificación del 95 % si el valor catastral del suelo es inferior a 44.000 € y del 30 % si es igual o superior.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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