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Registrar una pareja de hecho en Logroño

La Rioja

Adónde ir

Gobierno de La Rioja (Registro de Parejas de Hecho de La Rioja, Dirección General de Justicia e Interior)

Solicitud conjunta con el modelo oficial, por la oficina electrónica con certificado o en una oficina de registro, con el justificante de la tasa. La Dirección General revisa el expediente y resuelve la inscripción en 3 meses.

Cita previa recomendable. Teléfono: 941 291 441. Teléfono del servicio que lleva el registro. La ficha no pide cita.

Requisitos: mayores de edad o menores emancipados; no estar casados; españoles o con permiso de residencia (la solicitud de protección internacional no sirve); no ser parientes en línea recta ni colaterales hasta el tercer grado; no tener otra pareja de hecho; y convivir 2 años seguidos justo antes de la solicitud en el mismo domicilio de La Rioja (con hijos en común basta la convivencia y el padrón en el mismo domicilio). Documentos: solicitud, DNI o permiso de residencia y pasaporte, fe de vida y estado (de menos de 3 meses; si eres extranjero, certificado de estado civil de menos de 6 meses, traducido y legalizado), certificado histórico de empadronamiento (no vale el volante) o, con hijos, libro de familia y padrón. Tasa 2026: 51,01 €, que se paga en el propio trámite electrónico; en el concepto pon «RPH» y el nombre y apellido de cada uno. Baja: solicitud de baja o cancelación, conjunta o de uno solo, con el documento de identidad; no tiene tasa (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=19444). Si os inscribisteis en un ayuntamiento (Logroño u otro), la baja y los certificados se piden allí.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

En casi todas las comunidades la solicitud se puede presentar por la sede electrónica, pero luego tenéis que ir los dos en persona a comparecer ante el registro (o firmar ante notario). Canarias y La Rioja permiten hacerlo todo por internet, y en Cataluña cada uno presenta su solicitud con firma electrónica.

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Cataluña, también idCAT Mòbil).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Depende de la comunidad. Gratis, entre otras, en Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Navarra, Ceuta y Melilla. Con tasa (2026): Comunidad de Madrid, 82,12 €; Castilla-La Mancha, 52,23 €; La Rioja, 51,01 €; Illes Balears, 21,56 €. Mira la regla de tu comunidad.
Cuánto tarda
Depende de la comunidad: suelen resolver en 2 o 3 meses. En la Comunidad de Madrid, la cita para firmar puede tardar hasta un mes y la resolución llega unos 15 días hábiles después.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Sirve para cobrar la pensión de viudedad?

Sí, si la pareja llevaba inscrita en un registro autonómico o municipal (o constituida en documento público) al menos 2 años antes del fallecimiento y se cumple el tiempo de convivencia que pide la Seguridad Social. Los requisitos están en «Pedir la pensión de viudedad».

¿Vale la inscripción en el registro de mi ayuntamiento?

Depende de la comunidad. Para la pensión de viudedad, la ley acepta los registros municipales. En Cataluña sirve de prueba; en La Rioja no hace falta inscribirse otra vez en el autonómico; en Andalucía y Murcia los ayuntamientos tramitan la inscripción del registro autonómico o recogen la solicitud. Pregunta en tu ayuntamiento y mira la regla de tu comunidad.

En Cataluña, ¿hace falta inscribirse?

No. La pareja estable existe si convivís más de dos años seguidos, si tenéis un hijo en común o si lo firmáis en escritura pública (Código civil de Cataluña, art. 234-1). Inscribirse en el registro de la Generalitat es voluntario y sirve de prueba.

¿Podemos inscribirnos si uno no es de nacionalidad española?

Sí, con el documento de identidad o pasaporte y el certificado de estado civil de tu país, legalizado o apostillado y traducido. En el País Vasco y en Galicia, además, al menos uno tiene que tener la vecindad civil de la comunidad.

¿Cómo nos damos de baja?

Con la solicitud de baja o cancelación en el mismo registro. Se puede pedir de mutuo acuerdo o por decisión de uno, que en casi todas las comunidades tiene que acreditar que se lo ha comunicado a la otra persona de forma fehaciente (burofax, correo certificado o notario). También se cancela por boda o fallecimiento. En la Comunidad de Madrid la baja tiene tasa (35,70 €).

¿Qué pasa si ya estoy inscrito con otra pareja o casado?

No podéis inscribiros: en todas las comunidades hay que estar solteros, viudos o divorciados (en algunas, también separados judicialmente) y no estar inscritos en otra pareja de hecho, en ninguna comunidad.

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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