Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Castellón/Castelló · Comunitat Valenciana

Adónde ir
Ajuntament de Castelló de la Plana (Padrón Municipal de Habitantes)
En persona, en las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía: el Registro General de la Casa Consistorial (plaza Mayor, 1) o las tenencias de alcaldía de los distritos. Si llevas la documentación completa, el alta es inmediata. El alta no se puede hacer por internet: en la sede electrónica solo hay información, la corrección de datos y los volantes y certificados.
Cita previa recomendable. Teléfono: 010 (964 226 010) o WhatsApp al 964 355 101. En las oficinas de atención integrada se atiende sin cita de 9 a 11 h (con un cupo que se puede agotar) y con cita de 11 a 14 h, de lunes a viernes. Los mayores de 65 años no necesitan cita a ninguna hora. La cita se pide en la web municipal, en el 010 o por WhatsApp.
Pedir cita en la web oficialOficinas
- Registro General (Distrito Centro, Casa Consistorial) Plaza Mayor, 1, 12001 Castelló de la Plana Horario: Lunes a viernes, 9 a 14 h; jueves, también de 16.30 a 19 h. Del 1 de junio al 30 de septiembre, 9 a 13 h y sin tardes Teléfono: 010 (964 226 010 desde fuera del municipio o desde el móvil) Ficha oficial
- Tenencias de alcaldía de los distritos Norte (plaza Primer Molí, 1), Sur (calle Ricardo Catalá, esquina con Joaquín Márquez), Este (avenida Hermanos Bou, 27), Oeste (plaza Lagunas de Ruidera, s/n, Mas Blau) y Marítimo-Grao (paseo Buenavista, 28) Horario: Lunes a viernes, 9 a 14 h (Grao, también martes de 16.30 a 19 h). Del 1 de junio al 30 de septiembre, 9 a 13 h Teléfono: 010 (964 226 010)
Lleva tu documento de identidad en vigor (DNI obligatorio para mayores de 16 años; menores, libro de familia o certificado de nacimiento; ciudadanos de la UE, NIE con pasaporte o documento nacional; otros extranjeros, tarjeta de residencia o pasaporte) y la prueba de la vivienda. Propietario: escritura o contrato de compraventa (el ayuntamiento puede comprobarlo en los datos del IBI), nota del Registro, recibo del IBI o un contrato de luz, gas o agua a tu nombre en esa dirección. Inquilino: contrato de alquiler completo y el último recibo, en el que consten arrendador, inquilino, importe, periodo y dirección. En casa de otra persona: su autorización firmada (modelo municipal) con copia de su documento de identidad y, si es el propietario, el título de propiedad. Menores empadronados con un solo progenitor: autorización del otro con su documento, sentencia de custodia o declaración responsable del progenitor. La documentación se escanea en la oficina; los pasaportes y libros de familia, en fotocopia legible. Certificado de empadronamiento: en la sede electrónica o, sin cita, en las tabletas de autoservicio de la Tenencia de Alcaldía Centro (plaza Mayor, 1; solo mayores de 18 años).
Las fuentes oficiales no coinciden: La ficha del trámite en la sede electrónica dice que en el Distrito Centro (plaza Mayor, 1) el alta solo se hace con cita previa; la página municipal de cita previa dice que el alta se atiende con y sin cita de 9 a 11 h. Publicamos lo que dice la ficha oficial más concreta; confírmalo antes de ir.
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.
Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.
Qué llevar
- Hoja padronal (solicitud de inscripción) firmada por todas las personas mayores de edad que se empadronan.
- Documento de identidad en vigor de cada persona: DNI, NIE o tarjeta de residencia, pasaporte o documento de identidad de un país de la UE. Los menores de 14 años sin DNI, libro de familia o certificado de nacimiento.
- Documento que acredite que vive en la vivienda: escritura o nota del Registro si es propietario; contrato de alquiler en vigor con el último recibo si es inquilino. Cada ayuntamiento admite además otros (facturas de suministros, recibo del IBI…).
- Si la vivienda no es suya: autorización firmada del propietario o del titular del alquiler, con copia de su documento de identidad.
- Menores que se empadronan con un solo progenitor: autorización del otro o, si no la hay, la declaración responsable o la resolución judicial que corresponda.
- Cuánto cuesta
- Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
- Cuánto tarda
- Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.
Conviene saber
- No hace falta darse de baja en el municipio anterior: el nuevo ayuntamiento comunica el alta al INE, que avisa al de procedencia para que le dé de baja.
- Al empadronarse en una vivienda donde figuran personas que ya no viven allí, el ayuntamiento puede abrirles un expediente de baja por inscripción indebida (Madrid).
- Las personas extranjeras de fuera de la UE sin residencia permanente deben renovar la inscripción cada dos años; si no, se les da de baja.
- Se puede empadronar a toda la familia que se muda al mismo domicilio con una sola solicitud.
- Elecciones generales del 29 de noviembre de 2026: el censo recoge los movimientos padronales hasta el 30 de julio; quien se empadrone después vota en el municipio (o en el colegio) que le correspondía antes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?
Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).
¿Y si no tengo domicilio fijo?
Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.
¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?
No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.
¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?
No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.
Fuentes oficiales
Comprobado el 3 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (arts. 15 a 17), texto consolidado boe.es
- Resolución de 17 de febrero de 2020 sobre instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del padrón (BOE-A-2020-4784), texto consolidado boe.es
- www.castello.es castello.es








