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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Cartagena

Murcia · Región de Murcia

Adónde ir

Ayuntamiento de Cartagena (Servicio de Estadística)

Por internet, en la sede electrónica (trámite «Estadística - Inscripción o modificación en el padrón de habitantes») con certificado digital. Sin certificado, puedes enviarlo con tu correo electrónico, pero tienes 10 días hábiles para ir con cita a firmarlo en una oficina de registro. En persona, con cita, en el Servicio de Estadística, en el Registro General (calle San Miguel, 8) o en las OMITAS.

Con cita previa. Teléfono: 968 128 818 (Registro y Estadística); 968 128 848 (OMITAS). Para las OMITAS la cita se pide en otra página: https://www.cartagena.es/cita_previa_omitas.asp.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Hoja padronal firmada por todos los mayores de edad y el original del documento de identidad en vigor de los firmantes. Propietario: nota simple, último recibo del IBI o un contrato de suministro (agua, luz, gas, teléfono fijo) a nombre de un firmante, siempre que salgan los 20 dígitos de la referencia catastral; si compraste este año, la escritura. Inquilino: contrato de alquiler en vigor y último recibo; si no llevan la referencia catastral, un escrito del propietario con ella (hay modelo de declaración responsable). En una vivienda ya habitada: autorización del titular en la propia hoja, copia de su DNI y de su contrato y último recibo, o, si es una cesión del propietario, su firma, copia de su DNI y del último IBI. Menores con los dos progenitores: la hoja firmada por los dos y el libro de familia o certificado de nacimiento; con uno solo, la resolución judicial o la declaración responsable del trámite.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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