Discapacidad, dependencia y ayudas
Discapacidad, dependencia, pensiones no contributivas, residencias y programas del IMSERSO. Elige uno y te decimos cómo se hace en tu municipio.

10 trámites
- Apuntarse a los viajes del IMSERSOEl Programa de Turismo del Imserso ofrece viajes a precio reducido a pensionistas y personas mayores: estancias en la costa de la península, en Baleares y Canarias, y circuitos y escapadas. Primero pides una vez la acreditación al Imserso; con la carta de acreditación reservas el viaje en la web de la empresa que lo organiza o en una agencia de viajes colaboradora.
- Pedir el certificado de discapacidadEl certificado de discapacidad es la resolución que reconoce tu grado de discapacidad en porcentaje. Con un 33 % o más se te considera persona con discapacidad a efectos legales y tienes acceso a beneficios fiscales, de empleo, de transporte y otros. Lo pide la propia persona (o quien la represente) a su comunidad autónoma; en Ceuta y Melilla, al Imserso.
- Pedir el complemento de ayuda para la infancia (CAPI)El complemento de ayuda para la infancia (CAPI) es un pago mensual de la Seguridad Social por cada menor de 18 años del hogar: en 2026, 115 € si tiene menos de 3 años, 80,50 € de 3 a 6 y 57,50 € de 6 a 18. Va unido al ingreso mínimo vital, pero lo puedes cobrar sin cobrar el IMV si los ingresos del hogar no pasan del triple de su renta garantizada. Lo tramita el INSS; en el País Vasco, Lanbide; en Navarra, el Gobierno de Navarra, y en Cataluña, desde el 1 de octubre de 2026, la Generalitat.
- Pedir la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidadLa tarjeta de estacionamiento te deja aparcar en las plazas reservadas y más cerca de tu destino si tienes una discapacidad con movilidad reducida o una agudeza visual muy baja. Vale en toda España y se reconoce en la Unión Europea. La da el ayuntamiento de tu domicilio con el dictamen de tu comunidad o, en algunas comunidades, la propia comunidad.
- Pedir la teleasistencia para personas mayoresLa teleasistencia es un aparato en casa con un botón (en colgante o pulsera) que te pone en contacto, las 24 horas, con una central que te atiende y avisa a tu familia o a emergencias si hace falta. Si tienes la dependencia reconocida, es un servicio de la Ley 39/2006 que se incluye en tu Programa Individual de Atención (mira el trámite «Pedir la valoración de la dependencia y sus ayudas»). Si no la tienes, muchas comunidades y ayuntamientos la dan a personas mayores que viven solas, a menudo desde los 65, 70, 75 u 80 años según dónde vivas.
- Pedir la valoración de la dependencia y sus ayudasSi tú o alguien de tu familia necesita ayuda de otra persona para las actividades de la vida diaria, puedes pedir que se reconozca la situación de dependencia (Ley 39/2006). Se valora el grado (I, II o III) y se acuerda un Programa Individual de Atención con servicios, como ayuda a domicilio, teleasistencia, centro de día o residencia, o ayudas económicas. Lo gestiona tu comunidad autónoma; en Ceuta y Melilla, el Imserso.
- Pedir plaza en el programa de termalismo del IMSERSOEl Programa de Termalismo del Imserso da a pensionistas y personas mayores estancias de 10 días en balnearios, con alojamiento, pensión completa y tratamiento termal, a precio reducido. Se pide al Imserso por internet o en papel, y las plazas se reparten por puntos. Para 2027 hay 199.000 plazas, de febrero a diciembre.
- Pedir plaza en una residencia pública de mayoresLas plazas públicas y concertadas en residencias de mayores las gestiona tu comunidad autónoma (en el País Vasco, la Diputación Foral; en Ceuta y Melilla, el Imserso). En casi todas se accede como un servicio de la dependencia, tras reconocerte un grado, y en algunas también sin dependencia. Pagas una parte según tus ingresos y siempre te queda una cantidad para tus gastos.
- Pedir una pensión no contributiva (jubilación o invalidez)La pensión no contributiva (PNC) es para quien no ha cotizado lo suficiente para una pensión normal y tiene pocos ingresos: la de jubilación, desde los 65 años, y la de invalidez (la ley la llama ahora «de incapacidad»), de 18 a 64 años con una discapacidad del 65 % o más. Es de la Seguridad Social, pero la tramita tu comunidad autónoma; en Ceuta y Melilla, el Imserso.
- Prestación por hijo o menor a cargo con discapacidadEs una asignación de la Seguridad Social por cada hijo, hija o menor acogido a tu cargo que sea menor de 18 años con una discapacidad del 33 % o más, o mayor de 18 con un 65 % o más. No tiene límite de ingresos. En 2026 son 1.000 € al año por menor, 5.962,80 € por mayor de edad con un 65 % y 8.942,40 € si tiene un 75 % y necesita la ayuda de otra persona. Se pide al INSS en toda España.